Por Juan Felipe Pinilla y Ana María Álvarez
A finales del año 2015, fue demandado por nulidad simple el Decreto Distrital 448 de 2014 por medio de cual se reglamentó la política de incentivos para la generación de proyectos de renovación urbana que promueven la protección de los propietarios y moradores originales y su vinculación a dichos proyectos. En el marco de esta demanda, intervenimos como coadyuvantes del Distrito.
Nuestro interés en intervenir en el proceso se fundamentó en que, por una parte JFP & Asociados se dedica a la consultoría e investigación en temas de urbanismo y gestión urbana y por otra, en que Juan Felipe Pinilla (socio fundador de la firma) se ha desempeñado como apoderado de la Universidad de los Andes en el trámite de formulación y adopción del Plan Parcial de renovación urbana Triángulo de Fenicia, adoptado mediante el Decreto Distrital 420 de 2014.
Este proyecto que constituye un ejemplo de renovación urbana incluyente y socialmente responsable sirvió de ejemplo y referencia para varias de las medidas e instrumentos adoptados en el Decreto 448. Algunos de los temas regulados por este Decreto son respuesta especifica a algunas de las preocupaciones y demandas más sentidas de la comunidad Triángulo de Fenicia. En el trámite de la formulación y concertación del plan se evidenció, por ejemplo, que una de las principales preocupaciones de la población residente en un área de renovación urbana tiene que ver con los efectos sobre la estratificación socioeconómica que un proceso de renovación urbana puede tener. Es previsible que un entorno urbano mejorado con más espacio público y mejor infraestructura cambie su estratificación y por consiguiente se incremente el costo de los servicios públicos y los impuestos. Aún con medidas que faciliten la permanencia de la población residente a través de su vinculación como socios del proyecto mediante la construcción de viviendas de remplazo -como en efecto para el caso de Fenicia lo establece el Plan Parcial- la conservación del estrato para tales viviendas es un mecanismo esencial para garantizar que efectivamente haya posibilidades de permanencia en el largo plazo.
Justamente este es uno de los temas más cruciales e innovadores que se incluyen dentro de las medidas establecidas en el Decreto objeto de la demanda. Sin esta medida la población de estrato 2 y 3 del área se vería a incrementos en su costo de vida que podrían terminar por expulsarlos del área renovada y que dificultarían enormemente el proceso de gestión del plan y la efectiva vinculación de los propietarios como socios del mismo.
El objetivo principal de la intervención fue evidenciar cómo el Decreto Distrital 448 de 2014 representa uno de los principales avances en la regulación urbana distrital encaminada a contar efectivamente con mecanismos de protección a moradores en proyectos de renovación urbana en el marco de la definición establecidos para los mismos por el artículo 39 de la Ley 9 de 1989, que promuevan mecanismos de democratización de los beneficios económicos de la renovación y mejores condiciones de equidad y cohesión social.